Micelio

Artículo 71

Los Oficiales Generales Y Los Oficiales De Insignia De La Armada, En Servicio Activo, Tendrá Derecho A Una Prima Mensual De Gastos De Representación Correspondiente Al Treinta Por Ciento (30%) Del Sueldo Básico

Decreto 3071 de 1968 · Por el cual se reorganiza la carrera de Oficiales y Suboficiales de las Fuerzas Militares

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los Oficiales Generales y los Oficiales de Insignia de la Armada, en servicio activo, tendrá derecho a una prima mensual de Gastos de Representación correspondiente al treinta por ciento (30%) del sueldo básico.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 3071 de 1968