º La Contraloría General de la República se abstendrá de visar las nóminas de los diferentes organismos administrativos mientras no se acredite el pago de la cuota para la Entidad o Entidades de Previsión Social a que se encuentren afiliados los empleados y trabajadores del respectivo organismo. CAPITULO III Inversiones.
Decreto 434 de 1971 →Vigente
Artículo 6
La Contraloría General De La República Se Abstendrá De Visar Las Nóminas De Los Diferentes Organismos Administrativos Mientras No Se Acredite El Pago De La Cuota Para La Entidad O Entidades De Previsión Social A Que Se Encuentren Afiliados Los Empleados Y Trabajadores Del Respectivo Organismo
Decreto 434 de 1971 · Por el cual se dictan normas sobre reorganización administrativa y financiera de las entidades de previsión social de carácter nacional, y se dictan otras disposiciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.