Micelio

Artículo 27

Levántese La Suspensión De Los Artículos 1°; Parágrafo De Los Artículos 9° Y 10 De La Ley 67 De 1935 Y Demás Disposiciones Contrarias Al Presente Decreto

Decreto 124 de 1954 · Por el cual se señalan las funciones del Consejo Nacional de Práctica Profesional, se modifica el Decreto número 279 de 1953 y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Levántese la suspensión de los artículos 1°;

Parágrafo

de los artículos 9° y 10 de la Ley 67 de 1935 y demás disposiciones contrarias al presente Decreto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 124 de 1954