"Corpal" podrá importar además de drogas, instrumental, equipo médico y odontológico, todos aquellos elementos autorizados por la ley y que tengan por fin la provisión a las entidades asistenciales para la mejor prestación de sus servicios. CAPITULO IV De los suministros.
Decreto 970 de 1969 →Vigente
Artículo 37
"corpal" Podrá Importar Además De Drogas, Instrumental, Equipo Médico Y Odontológico, Todos Aquellos Elementos Autorizados Por La Ley Y Que Tengan Por Fin La Provisión A Las Entidades Asistenciales Para La Mejor Prestación De Sus Servicios
Decreto 970 de 1969 · por el cual se adoptan los Estatutos de la Corporación Proveedora de Instituciones de Asistencia Social – “Corpal”.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.