º Son funciones del Consejo Directivo
Establecer y aplicar la política de precios;
Ordenar y recomendar estudios sobre los diversos sectores de la producción nacional y sobre el movimiento de los consumos;
Trazar políticas sobre abastecimiento de la demanda nacional y recomendar al Gobierno las medidas pertinentes;
Determinar los bienes y servicios cuyos precios deban someterse a control;
Fijar los precios de los bienes y servicios bajo control;
Dictar reglamentos en materia de control y vigilancia de precios;
Aplicar en casos de especial gravedad el artículo 9º del Decreto 16 de 1965, siguiendo el procedimiento establecido en el artículo 6º del mismo Decreto y comisionar si fuere el caso, a funcionarios de la Superintendencia, para que adelanten las respectivas investigaciones en cualquier lugar del territorio nacional;
Estudiar y aprobar las tarifas de admisión a los espectáculos públicos;
Fijar, cuando no los encuentre debidamente justificados, los descuentos o porcentajes que los productores, fabricantes o comerciantes, tengan establecidos o establezcan a favor de sus agentes o distribuidores, determinando en cada caso los que se justifiquen, y señalando los correspondientes precios;
Imponer multas por las violaciones a los reglamentos sobre control de precios;
Dictar el Reglamento de la Superintendencia.