Micelio

Artículo 47

Para Efectos De Las Asignaciones De Retiro, Liquidación Del Auxilio De Cesantía Y Compensación Que Deba Reconocerse A Los Suboficiales De Las Fuerzas De Policía, Se Computará La Totalidad Del Tiempo De Servicio Activo, Inclusive El Prestado En Categoría De Agente

Decreto 2687 de 1955 · Por el cual se organiza la Carrera Profesional de los Suboficiales de las Fuerzas de Policía

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Para efectos de las asignaciones de retiro, liquidación del auxilio de cesantía y compensación que deba reconocerse a los Suboficiales de las Fuerzas de Policía, se computará la totalidad del tiempo de servicio activo, inclusive el prestado en categoría de Agente.

Parágrafo 1

Las fracciones de seis (6) meses o más, se liquidarán como un (1) año completo para el cómputo de las asignaciones de retiro, pago de cesantía y demás prestaciones.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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