Micelio

Artículo 36

El Instituto Colombiano Para El Fomento De La Educación Superior Patrocinará Económicamente El Funcionamiento De La Asociación Colombiana De Universidades Para Lo Cual, Se Incluirán Anualmente En El Presupuesto De Gastos Del Instituto Las Partidas Necesarias, Según La Reglamentación Que Para El Efecto Expida La Junta Directiva

Decreto 1350 de 1969 · Por el cual se aprueba el Acuerdo número 14 de mayo 13 de 1969 proferido por la Junta Directiva del ICFES sobre adopción de los estatutos del Instituto Colombiano para el Fomento de la Educación Superior

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Instituto Colombiano para el Fomento de la Educación Superior patrocinará económicamente el funcionamiento de la Asociación Colombiana de Universidades para lo cual, se incluirán anualmente en el presupuesto de gastos del Instituto las partidas necesarias, según la reglamentación que para el efecto expida la Junta Directiva.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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