º La oposición a las adjudicaciones podrá formularse en cualquier tiempo hasta expirados los diez días de fijación en lista de que habla el artículo 3º de la Ley 97, y como base de ella es necesario que el interesado presente un principio de prueba que justifique su oposición, como, por ejemplo, una escritura pública de adquisición del terreno, una sentencia judicial a su favor, declaraciones de personas idóneas, etc.
Decreto 547 de 1947 →Vigente
Artículo 4
La Oposición A Las Adjudicaciones Podrá Formularse En Cualquier Tiempo Hasta Expirados Los Diez Días De Fijación En Lista De Que Habla El Artículo 3º De La Ley 97, Y Como Base De Ella Es Necesario Que El Interesado Presente Un Principio De Prueba Que Justifique Su Oposición, Como, Por Ejemplo, Una Escritura Pública De Adquisición Del Terreno, Una Sentencia Judicial A Su Favor, Declaraciones De Personas Idóneas, Etc
Decreto 547 de 1947 · Por el cual se reglamenta la Ley 97 de 1946
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.