Micelio

Artículo 10

Los Puertos Y Terminales Deberán Estar Dotados De Las Instalaciones Necesarias Para La Recepción En Tierra Del Deslastre De Las Naves Que Lo Requieran, Mientras Se Dote A Los Puertos Y Terminales De Los Instrumentos Necesarios Para El Cumplimiento De Lo Dispuesto En El Presente Artículo, Se Autoriza La Utilización Del Sistema Denominado "carga Sobre Residuos

Decreto 1875 de 1979 · Por el cual se dictan normas sobre la prevención de la contaminación del medio marino y otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTICULO 10. Los puertos y terminales deberán estar dotados de las instalaciones necesarias para la recepción en tierra del deslastre de las naves que lo requieran, mientras se dote a los puertos y terminales de los instrumentos necesarios para el cumplimiento de lo dispuesto en el presente artículo, se autoriza la utilización del sistema denominado "carga sobre residuos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1875 de 1979