Son Funciones Del Revisor Fiscal Del Trayecto De Vía Férrea De Zipaquirá-Nemocón, Creado Por Decreto Número 52, De Abril Del Año En Curso, Las Siguientes: A) Verificar Con Su Firma Las Liquidaciones Mensuales Y Gastos De Dicho Trayecto; B) Hacer Por Lo Menos En Cada Mes Una Visita De Inspección A Ese Trayecto Y Tomar Cuenta Del Número De Obreros Empleados En El Sostenimiento De Ella; C) Revisar Y Visar Cada Mes Las Cuentas De La Prolongación Del Ferrocarril Del Norte, Dentro De Los Primeros Quince Días Del Mes Inmediato Siguiente, Antes De Que Estas Cuentas Sean Remitidas Al Ministerio De Obras Públicas, Y D) Rendir En Cada Mes Un Informe Sobre El Resultado De Las Inspecciones Que Verifique En El Mencionado Trayecto De Vía Férrea Entre Zipaquirá Y Nemocón, Así Como En Las Que Debe
Decreto 885 de 1922 · Por el cual se señalan las funciones del Revisor Fiscal del trayecto de vía férrea entre Zipaquirá y Nemocón; se aumentan los sueldos eventuales de este empleado y del Administrador Interventor de esa vía, y se dictan otras disposiciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
° Son funciones del Revisor Fiscal del trayecto de vía férrea de Zipaquirá-Nemocón, creado por Decreto número 52, de abril del año en curso, las siguientes
a)
Verificar con su firma las liquidaciones mensuales y gastos de dicho trayecto;
b)
Hacer por lo menos en cada mes una visita de inspección a ese trayecto y tomar cuenta del número de obreros empleados en el sostenimiento de ella;
c)
Revisar y visar cada mes las cuentas de la prolongación del ferrocarril del Norte, dentro de los primeros quince días del mes inmediato siguiente, antes de que estas cuentas sean remitidas al Ministerio de Obras Públicas, y
d)
Rendir en cada mes un informe sobre el resultado de las inspecciones que verifique en el mencionado trayecto de vía férrea entre Zipaquirá y Nemocón, así como en las que debe .efectuar en los trabajos de la ya mencionada prolongación del ferrocarril del Norte.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.