Micelio

Artículo 6

Decreto 2051 de 1965 · Por el cual se reglamentan los artículos 3°, 4°, 8° y 11 de la Ley 148 de 1961

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo sexto. De conformidad con el artículo décimo primero de la Ley, la Nación se reserva los siguientes hospitales e inmuebles para el correcto desarrollo de la Campaña Antileprosa en los Sanatorios de Agua de Dios y Contratación

a)

Sanatorio de Agua de Dios. Hospital San Rafael y escuelas públicas femeninas, anexas. Hospital San Vicente y manicomio para mujeres, anexo. Hospital Boyacá. Hospital Ospina Pérez. Clínica Herrera Restrepo. Edificio Carrasquilla. Retén Tocaima. Retén Las Lomas. Retén El Salto. Retén Ibáñez. Edificio antigua desinfección. Casa Verde (Médico Director). Edificio Berlín (Almacén y Depósitos Oficiales). Edificio Berlín (taller de reparación de automotores). Edificio Casa de Madera. Edificio Antigua Base. Casa Médica (vivienda médicos). Casino de empleados. Edificio antigua Administración de Correos. Edificio antigua Telegrafía. Edificio nuevo. Casa Estadígrafo. Casa antiguo taller. Casa de empleados del Acueducto. Casa contigua a la Capilla El Salto.

b)

Sanatorio de Contratación. Hospital María Mazarello. Hospital San Juan Bosco. Casa Médica (vivienda de los médicos). Casa de la Administración. Edificio Carrasquilla. Retén El Río. Casa empleado almacén.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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