Micelio

Artículo 12

Transitorio

Decreto 3297 de 2009 · por el cual se asignan algunas funciones a Central de Inversiones S. A., CISA, y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Transitorio . Las entidades públicas que a la entrada en vigencia del presente decreto, no hayan adoptado su plan de enajenación onerosa, deberán ofrecer en venta sus activos inmobiliarios a CISA, en un término no superior a sesenta (60) días hábiles, contados a partir de su publicación, bajo las condiciones establecidas en el artículo 24 del Decreto 4444 de 2008. Ante el incumplimiento de lo dispuesto en el presente artículo, se dará aplicación a lo establecido en el

Parágrafo 3

del artículo 4° del Decreto 4637 de 2008.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 3297 de 2009