Micelio

Artículo 1

Para Los Efectos Señalados En El Artículo 1º De La Ley 74 De 1958, Solamente Se Entenderá Como Papel Destinado A La Edición De Libros Y Revistas, El Clasificable Por Las Siguientes Partidas Del Arancel De Aduanas: 48

Decreto 2893 de 1991 · Por el cual se reglamentan las exenciones de gravámenes arancelarios para las importaciones de papel destinado a la edición de libros y revistas de carácter científico y cultural

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Para los efectos señalados en el artículo 1º de la Ley 74 de 1958, solamente se entenderá como papel destinado a la edición de libros y revistas, el clasificable por las siguientes partidas del Arancel de Aduanas: 48.02.51.00.00, 48.02.52.90.90, 48.02.60.90.90, 48.10.11.00.00, 48.10.12.00.00, 48.10.21.00.00 y 48.10.29.00.00. Para los mismos efectos, se entenderán como libros y revistas de carácter científico y cultural, los clasificables por las siguientes partidas: 49.01.10.00,90, 49.01.91.00.00, 49.01.99.00.90, 49.02.10.00.00 y 49.02.90.00.90.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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