º Los muebles que haya en cada Oficina deberán inventariarse por separado, en un libro especial, haciendo constar el estado de ellos y su valor. Este inventario se firmará por el Jefe de la Oficina y por el empleado encargado de formarlo.
Decreto 643 de 1886 →Vigente
Artículo 2
Los Muebles Que Haya En Cada Oficina Deberán Inventariarse Por Separado, En Un Libro Especial, Haciendo Constar El Estado De Ellos Y Su Valor
Decreto 643 de 1886 · Sobre mobiliario de las Oficinas nacionales
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.