Micelio

Artículo 3

º La Remuneración Mensual Del Empleo De Auxiliar Judicial Quedará Así: Denominaciondel Cargo Grado Remuneracion Mensual Auxiliar Judicial 1 $ 603

Decreto 106 de 1994 · por el cual se dictan normas sobre el régimen salarial y prestacional para los servidores públicos de la Rama Judicial y de la Justicia Penal Militar y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º La remuneración mensual del empleo de Auxiliar Judicial quedará así: DENOMINACIONDEL CARGO GRADO REMUNERACION MENSUAL Auxiliar Judicial 1 $ 603.741 2 567.188 3 487.903 4 449.258 5 410.710 La Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura asignará a cada uno de los empleos actualmente existentes con la denominación de Auxiliar Judicial el grado que le corresponda con arreglo a lo previsto en el presente artículo y atendiendo las funciones respectivas, el nivel de responsabilidad y los requisitos que para su desempeño se establezca por la misma Sala.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 106 de 1994