Micelio

Artículo 6

º Los Sueldos Básicos Mensuales Para El Personal De Empleados Públicos Del Ministerio De Defensa, Las Fuerzas Militares Y La Policía Nacional Serán Los Siguientes: Especialista Asesor Primero $ 58

Decreto 201 de 1987 · por el cual se fijan los sueldos básicos para el personal de Oficiales y Suboficiales dde las Fuerzas Militares, Oficiales, Suboficiales y Agentes de la Policía Nacional y Empleados Públicos del Ministerio de Defensa, las Fuerzas Militares y la Policía Nacional se establecen bonificaciones para alféreces, guardia-marina, pilotines, grumetes y soldados, y se dictan otras disposiciones en materia salarial.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Los sueldos básicos mensuales para el personal de empleados públicos del Ministerio de Defensa, las Fuerzas Militares y la Policía Nacional serán los siguientes: Especialista Asesor Primero $ 58.780.00 Especialista Asesor Segundo 53.900.00 Especialista Jefe 49.040.00 Especialista Primero 39.830.00 Especialista Segundo 36.710.00 Especialista Tercero 33.300.00 Especialista Cuarto 30.870.00 Especialista Quinto 28.830.00 Especialista Sexto 25.620.00 Adjunto Jefe 24.940.00 Adjunto Intendente 23.580.00 Adjunto Mayor 22.140.00 Adjunto Especial 21.890.00 Adjunto Primero 21.650.00 Adjunto Segundo 21.400.00 Adjunto Tercero 21.160.00 Auxiliar Primero 20.910.00 Auxiliar Segundo 20.690.00

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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