Los auxilios de marcha de los miembros del Ejército, por destinación, traslado, promoción, retiro, o por comisión del servicio se pagaran así: Oficiales Generales $0 40Por kilometroOficiales superiores0 30-Oficiales inferiores0 20-Suboficiales0 03-Soldados0 02-
Los empleados de Sanidad, Militares, Técnicos, de Culto, de Administración, y los Ordenanzas, Asistentes y demás del personal contratado, y Bandas dependientes del ramo de Guerra, cuando estén en alguna de las condiciones o circunstancias enumeradas en este artículo, tendrán derecho a auxilios de marcha, y estos se liquidaran de acuerdo con la equivalencia que por razón de sueldo corresponda a cada categoría, según la organización del Ejercito.