Micelio

Artículo 2

El Administrador General De Los Ferrocarriles Nacionales Será De Libre Nombramiento Y Remoción Del Presidente De La República, Y Deberá Ser Un Ingeniero Matriculado, Especializado En El Ramo Y Con Experiencia Administrativa

Decreto 1420 de 1943 · Por el cual se dictan algunas medidas sobre administración de los Ferrocarriles Nacionales

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° El Administrador General de los Ferrocarriles Nacionales será de libre nombramiento y remoción del Presidente de la República, y deberá ser un ingeniero matriculado, especializado en el ramo y con experiencia administrativa.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1420 de 1943