° Los Ferrocarriles Nacionales de Colombia, son al tenor de la ley, una empresa industrial y comercial del Estado, dotada de personería jurídica, autonomía administrativa y capital independiente, vinculada al Ministerio de Obras públicas como organismo ejecutor de su política, que se reorganiza conforme a las disposiciones establecidas por los Decretos 3129 de 1954, 1050, 3130 y 3160 de 1968 y las contenidas en los presentes estatutos.
Artículo 1
Los Ferrocarriles Nacionales De Colombia, Son Al Tenor De La Ley, Una Empresa Industrial Y Comercial Del Estado, Dotada De Personería Jurídica, Autonomía Administrativa Y Capital Independiente, Vinculada Al Ministerio De Obras Públicas Como Organismo Ejecutor De Su Política, Que Se Reorganiza Conforme A Las Disposiciones Establecidas Por Los Decretos 3129 De 1954, 1050, 3130 Y 3160 De 1968 Y Las Contenidas En Los Presentes Estatutos
Decreto 1242 de 1970 · Por el cual se aprueba el Estatuto Orgánico de los Ferrocarriles Nacionales de Colombia
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.