Micelio

Artículo 9

El Artículo 262 Del Decreto 2666 De 1984, Quedará Así: Presentación De Documentos Por El Trasportador

Decreto 1144 de 1990 · por el cual se dictan normas en materia de comercio exterior y se modifica parcialmente el régimen de aduanas.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° El artículo 262 del Decreto 2666 de 1984, quedará así: Presentación de documentos por el trasportador. Dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes al embarque de la mercancía y con el objeto de comprobar este hecho, las compañías transportadoras deberán presentar a la Administración de Aduana respectiva una copia debidamente certificada del manifiesto de carga o sobordo, relacionando las mercancías según las autorizaciones de embarque concedidas por la Administración de Aduanas. Cuando sin justa causa se incumpla el plazo de esta obligación, o se aprecien errores en el diligenciamiento del documento, el Administrador de Aduana impondrá una multa por el valor de cincuenta (50) gramos oro o diez (10) gramos oro, respectivamente, a la compañía transportadora.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1144 de 1990