Micelio

Artículo 14

Este Decreto Rige A Partir Del Día Primero (1°) De Junio Del Presente Año

Decreto 1199 de 1951 · Por el cual se introducen unas modificaciones a las disposiciones orgánicas del Instituto Colombiano de Seguros Sociales

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Este Decreto rige a partir del día primero (1°) de junio del presente año. Comuníquese y publíquese.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1199 de 1951