Micelio

Artículo 18

Los Pagos Que Deben Efectuarse Por Concepto De Impuestos Y Otros Costos Inherentes A La Operación Presupuestal Que Se Realiza, Lo Mismo Que Las Diferencias De Cambio Sobre Giros Al Exterior, Se Cubrirán Con Cargo A La Apropiación Presupuestal Que Los Origina

Decreto 3106 de 1990 · por el cual se liquida el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 1991, se detallan las apropiaciones y se clasifican y definen los gastos.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTICULO 18. Los pagos que deben efectuarse por concepto de impuestos y otros costos inherentes a la operación presupuestal que se realiza, lo mismo que las diferencias de cambio sobre giros al exterior, se cubrirán con cargo a la apropiación presupuestal que los origina.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 3106 de 1990