Micelio

Artículo 22

Funciones De La Asamblea General

Decreto 2309 de 1987 · por el cual se aprueban y se adoptan los estatutos de Artesanías de Colombia S.A.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Funciones de la Asamblea General. Corresponden a la Asamblea General de Accionistas las siguientes funciones

a)

Estudiar y aprobar los estatutos de la. sociedad y cualquier reforma que a ellos se introduzca.

b)

Elegir los representantes principales y suplentes de los accionistas en la Junta Directiva de la sociedad.-

c)

Examinar, aprobar o improbar y modificar los estados financieros y el informe que deben presentarle la Junta Directiva y el Gerente.

d)

Delegar en la Junta Directiva y en el Gerente, cuando lo estime oportuno y para, casos concretos, las funciones que no se haya reservado expresamente o cuya delegación no esté prohibida.

e)

Nombrar de su seno una comisión plural que estudie entre otros asuntos las cuentas, el inventario y el balance cuando no fueren aprobados, para que informe a la asamblea en el término que al efecto ésta señale, y las demás que estime convenientes.

f)

Decidir sobre los aumentos de capital de la empresa y emisión de nuevas acciones.

g)

Disponer qué reservas deben hacerse además de las legales.

h)

Disponer que determinada emisión de acciones ordinarias sea colocada sin sujeción al derecho de preferencia, para lo cual se requerirá el voto favorable de no menos del 70% de las acciones presentes en la reunión.

i)

Elegir Revisor Fiscal y su suplente y señalarle-la remuneración correspondiente.

j)

Ejercer las demás funciones que se le asignen en otros artículos de estos estatutos y las que le correspondan de acuerdo con la ley, como suprema entidad directiva de la sociedad.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2309 de 1987