Micelio

Artículo 38

El Primer Premio Del Concurso Será El Derecho A Celebrar El Contrato De Elaboración Del Proyecto Siempre Que El Ganadora Reúna Las Calidades Para Tal Efecto

Decreto 106 de 1977 · Por el cual se dictan normas sobre registro de proponentes, concursos de méritos y presentación conjunta de propuestas

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El primer premio del concurso será el derecho a celebrar el contrato de elaboración del proyecto siempre que el ganadora reúna las calidades para tal efecto. Si no las reúne, el primer premio consistirá en la suma de dinero estipulada en las bases del concurso. También podrá establecerse que hace parte de este premio el contrato relativo a la dirección arquitectónica de la obra, siempre que el ganador reúna las calidades de ello. Los premios restantes consistirán en sumas de dinero o en distinciones honoríficas, todo conforme a lo que se haya establecido en las respectivas bases.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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