Separación Es El Acto Por Medio Del Cual El Gobierno Pone Fuera De La Instrucción A Un Miembro De Las Fuerzas Militares En Forma Temporal O Absoluta, Según El Caso, En Acatamiento A Sentencia Condenatoria De La Justicia Militar O De La Ordinaria, O Por Petición De Un Tribunal Disciplinario O De Honor
Decreto 3220 de 1953 · Por el cual se reorganiza la carrera de los Oficiales de las Fuerzas Militares
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Separación es el acto por medio del cual el Gobierno pone fuera de la Instrucción a un miembro de las Fuerzas Militares en forma temporal o absoluta, según el caso, en acatamiento a sentencia condenatoria de la Justicia Militar o de la Ordinaria, o por petición de un Tribunal Disciplinario o de Honor.
Parágrafo 1
Los Oficiales de las Fuerzas Militares que sean separados en forma temporal o absoluta, no podrán considerarse con tiempo de servicio para ninguno de los efectos de este Estatuto.
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Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.