° El artículo 4° del Decreto 658 de 1993 quedará así: "Artículo 4° La inscripción en el registro mercantil de los actos, libros y documentos respecto de los cuales la ley exige esa formalidad, causará un derecho de cinco mil pesos ($ 5.000.00) moneda legal, a excepción de la inscripción de los contratos de prenda sin tenencia, la cual causará un derecho de seis mil pesos ($ 6.000.00) moneda legal".
Decreto 1259 de 1993 →Vigente
Artículo 3
° El Artículo 4° Del Decreto 658 De 1993 Quedará Así: "artículo 4° La Inscripción En El Registro Mercantil De Los Actos, Libros Y Documentos Respecto De Los Cuales La Ley Exige Esa Formalidad, Causará Un Derecho De Cinco Mil Pesos ($ 5
Decreto 1259 de 1993 · por el cual se modifica parcialmente el Decreto 658 de 1993 y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.