° El Director General del SENA tendrá un sueldo de veintitrés mil pesos ($ 23.000.00) y gastos de representación de diecinueve mil cuatrocientos ochenta pesos | ($ 19.480.00) mensuales. Los Subdirectores Generales y el Secretario General tendrán un sueldo de veintitrés mil pesos ($ 23.000.00) y gastos de representación de diecinueve mil pesos ($ 19.000.00) mensuales. Los Gerentes Regionales tendrán una remuneración da veintisiete mil seiscientos peses ($ 27.600.00) y gastos de representación de diez mil pesos ($ 10.000.00) mensuales. Los Jefes de División de Oficina grado 56 devengarán la suma de veintisiete mil seiscientos pesos ($ 27.600.00) y gastos de representación de diez mil pesos ($ 10.000.00) mensuales. Los Subgerentes Regionales tendrán una remuneración de veintiocho mil setecientos pesos y gastos de representación por valor de cinco mil pesos ($ 5.000.00) mensuales. Los cargos citados en el presente artículo no se regirán por la escala salarial del artículo 2.° del presente Decreto, para efectos de sueldo. Si para las cargos enunciados en el presente artículo se creare prima técnica los funcionarías que los desempeñen podrán elegir entre ésta y los gastos de representación.
Decreto 415 de 1979 →Vigente
Artículo 7
El Director General Del Sena Tendrá Un Sueldo De Veintitrés Mil Pesos ($ 23
Decreto 415 de 1979 · Por el cual se modifica la escala de remuneración de los empleos del Sena y se dictan otras disposiciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.