º. Las autoridades de Policía disolverán las reuniones o desfiles que degeneren en asonada o tumulto o que se verifiquen en sitios distintos de los que hayan señalado, o si no se hubiera dado el aviso con anterioridad y en los términos del articulo 1º de este Decreto.
Decreto 631 de 1959 →Vigente
Artículo 3
Las Autoridades De Policía Disolverán Las Reuniones O Desfiles Que Degeneren En Asonada O Tumulto O Que Se Verifiquen En Sitios Distintos De Los Que Hayan Señalado, O Si No Se Hubiera Dado El Aviso Con Anterioridad Y En Los Términos Del Articulo 1º De Este Decreto
Decreto 631 de 1959 · Por el cual se dictan disposiciones sobre el derecho de reunión
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.