Micelio

Artículo 6

Para Ascender En El Ramo De Sanidad Militar, Los Oficiales De Sanidad, Requieren La Comprobación De Su Capacidad Física, Tiempo Minimum De Servicio En Cada Grado, Condiciones De Moral Profesional, Haber Desempeñado Con Éxito Sus Funciones, Y Cumplido Satisfactoriamente Su Deber

Decreto 1566 de 1942 · Por el cual se reglamenta la carrera de Oficiales de Sanidad Militar, de que trata el artículo 9° del Decreto-ley 1123 de 1942

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Para ascender en el ramo de Sanidad Militar, los Oficiales de Sanidad, requieren la comprobación de su capacidad física, tiempo minimum de servicio en cada grado, condiciones de moral profesional, haber desempeñado con éxito sus funciones, y cumplido satisfactoriamente su deber.

Parágrafo

Es entendido que la calificación de su competencia profesional, estará únicamente a cargo de la Dirección del Servicio de Sanidad Militar y Departamento de Personal.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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