º De conformidad con los artículos 28 y 32 de la Ley 55 de 1955, 21 de la Ley 7a de 1986 y 26 de la Ley 51 de 1990, la administración de los títulos de que trata el presente Decreto podrá ser realizada directamente por la Nación - Ministerio de Hacienda y Crédito Público o podrán celebrarse contratos con entidades nacionales o extranjeros para la agencia, emisión, edición, colocación, garantía, fideicomiso y servicio de los títulos o podrá celebrarse un contrato de mandato con el Banco de la República para los mismos fines.
Artículo 4
º De Conformidad Con Los Artículos 28 Y 32 De La Ley 55 De 1955, 21 De La Ley 7a De 1986 Y 26 De La Ley 51 De 1990, La Administración De Los Títulos De Que Trata El Presente Decreto Podrá Ser Realizada Directamente Por La Nación - Ministerio De Hacienda Y Crédito Público O Podrán Celebrarse Contratos Con Entidades Nacionales O Extranjeros Para La Agencia, Emisión, Edición, Colocación, Garantía, Fideicomiso Y Servicio De Los Títulos O Podrá Celebrarse Un Contrato De Mandato Con El Banco De La República Para Los Mismos Fines
Decreto 2707 de 1991 · por el cual se ordena la emisión y se determinan el nombre, características financieras y condiciones de emisión, colocación, negociación y amortización de los titulares de deuda pública externa de la Nación autorizados por la Ley 55 de 1985 y se dictan otras disposiciones.
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.