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Artículo 21

De Todas Las Resoluciones Que Dicten Los Consejos Profesionales Seccionales, En Que Concedan O Nieguen Una Matrícula, Enviarán Copia Autenticada Al Consejo Profesional Nacional

Decreto 1782 de 1954 · por el cual se reglamenta el ejercicio de las profesiones de Ingeniería y Arquitectura

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

De todas las resoluciones que dicten los Consejos Profesionales Seccionales, en que concedan o nieguen una matrícula, enviarán copia autenticada al Consejo Profesional Nacional. Este llevará un libro en donde se registren, por orden alfabético de apellidos, tales resoluciones.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1782 de 1954