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Artículo 8

La Junta Directiva Se Reunirá Ordinariamente Vez Al Mes Y Extraordinariamente Cuando La Convoque Su Presidente O El Director Ejecutivo

Decreto 441 de 1969 · por el cual se aprueban los Estatutos del Instituto Nacional de Investigaciones Geológico-Mineras (Ingeominas).

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. La Junta Directiva se reunirá ordinariamente vez al mes y extraordinariamente cuando la convoque su Presidente o el Director Ejecutivo. Constituirá quórum para sus deliberaciones un mínimo de tres (3) de los miembros que la integran. Las decisiones de la Junta se adoptarán por mayoría de votos de los miembros asistentes y sus actos se denominarán acuerdos. Los suplentes podrán asistir a las sesiones, a que concurran los principales respectivos, con derecho a voz pero no a voto. Las Actas de sus sesiones serán firmadas por el Presidente y Secretario.

Parágrafo

Mientras la Junta Directiva determina si es necesario crear el cargo de Secretario, el Director designará el funcionario que debe desempeñar estas funciones.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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