º Delégase en el Departamento del Atlántico las obras de defensa de Puerto Colombia, y en consecuencia, la partida apropiada en al Capitulo 133-A, artículo 2818-A, del presupuesto de gastos del Ministerio de Obras Públicas del año de 1955, se entripará al Tesoro del Departamento del Atlántico.
Decreto 1340 de 1955 →Vigente
Artículo 1
Delégase En El Departamento Del Atlántico Las Obras De Defensa De Puerto Colombia, Y En Consecuencia, La Partida Apropiada En Al Capitulo 133-A, Artículo 2818-A, Del Presupuesto De Gastos Del Ministerio De Obras Públicas Del Año De 1955, Se Entripará Al Tesoro Del Departamento Del Atlántico
Decreto 1340 de 1955 · Por el cual se reglamenta la inversión de una partida
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.