Micelio

Artículo 20

Ley 4 de 1990 · por la cual se reorganiza la Procuraduría General de la Nación, se asignan funciones a sus dependencias y se dictan otras disposiciones.

2 sentencias lo revisaron
01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La Procuraduría Delegada para las Fuerzas Militares tendrá las siguientes funciones:

a)

Conocer, en única instancia, de los procesos disciplinarios que se adelanten contra los Oficiales y el Personal Civil del Ministerio de Defensa Nacional, las Fuerzas Militares y sus organismos adscritos o vinculados.

Parágrafo

Cuando se investiguen hechos que involucren conductas atribuidas a Oficiales y Suboficiales, el conocimiento del asunto corresponderá, en única instancia a la Procuraduría Delegada para las Fuerzas Militares.

b)

Conocer, en segunda instancia, de los procesos disciplinarios que se adelanten contra los Suboficiales del Ministerio de Defensa Nacional y las Fuerzas Militares;

c)

Ejercer las demás funciones que le atribuya la ley y las que le asigne el Procurador General.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

  1. 1996
    C-102/96ConstitucionalidadEXEQUIBLE
  2. 1997
    C-255/97Constitucionalidad · «Literal B.»EXEQUIBLE
2 pronunciamientos · fuente: parte resolutiva de cada sentencia
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