Articulo 4º El Presupuesto de las siguientes entidades para la vigencia fiscal de 1993. será el aprobado por sus Juntas o Consejos Directivos: Banco Cafetero Banco del Estado Banco Popular Banco de Colombia La Previsora S. A. Banco Central Hipotecario Caja de Crédito Agrario, Industrial y Minero Corporación Cafetera de Ahorro y Vivienda. Concasa Financiera Energética Nacional S. A., FEN Instituto de Fomento Industrial. IFI
Decreto 2194 de 1992 →Vigente
Artículo 4
El Presupuesto De Las Siguientes Entidades Para La Vigencia Fiscal De 1993
Decreto 2194 de 1992 · por la cual se aprueba el Presupuesto de Ingresos y Gastos de las empresas industriales y comerciales del Estado en las entidades privadas que administren fondos públicos de orden nacional y de las sociedades de economía mixtas sujetas al régimen de las empresas Industriales y comerciales del Estado para la vigencia Fiscal del 1° de enero al 31 de diciembre de 1993.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.