Con las mismas restricciones y salvedades, regirán en cada Intendencia las Ordenanzas sobre policía y ramo fiscal que rigieron en el respectivo territorio, mientras no se dicte un Decreto que regule íntegramente esas materias. CAPITULO III ADMINISTRACIÓN.
Decreto 392 de 1897 →Vigente
Artículo 10
Con Las Mismas Restricciones Y Salvedades, Regirán En Cada Intendencia Las Ordenanzas Sobre Policía Y Ramo Fiscal Que Rigieron En El Respectivo Territorio, Mientras No Se Dicte Un Decreto Que Regule Íntegramente Esas Materias
Decreto 392 de 1897 · Sobre administración de las Intendencias nacionales
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.