Artículo decimocuarto. Para los efectos del artículo 15 del Decreto 2169 de 1970, se entienden por modificaciones en la licencia de tránsito; los cambios de servicio o destinación, el cambio de motor o chasis, el cambio de color, la transformación y el cambio de residencia o vecindad del vehículo.
Decreto 1147 de 1971 →Vigente
Artículo 14
Del Decreto 2169 De 1970, Se Entienden Por Modificaciones En La Licencia De Tránsito; Los Cambios De Servicio O Destinación, El Cambio De Motor O Chasis, El Cambio De Color, La Transformación Y El Cambio De Residencia O Vecindad Del Vehículo
Decreto 1147 de 1971 · Por el cual se reglamenta el Código Nacional de Tránsito Terrestre
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.