Micelio

Artículo 3

Decreto 1608 de 2000 · por el cual se modifica la estructura de la Superintendencia de Valores.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . Sociedades vigiladas e inspeccionadas por la Superintendencia de Valores . La Superintendencia de Valores continuará ejerciendo la inspección y vigilancia permanente sobre las bolsas de valores, bolsas de futuros y opciones, intermediarios que actúen en estas últimas bolsas y sociedades que realicen la compensación y liquidación de contratos de futuros, opciones y otros, en los términos establecidos en el artículo 60 de la Ley 510 de 1999; los comisionistas de bolsa, los comisionistas independientes de valores, las sociedades administradoras de fondos de inversión, las sociedades administradoras de depósitos centralizados de valores, las sociedades calificadoras de valores, los fondos mutuos de inversión que, a 31 de diciembre de cada año, registren activos iguales o superiores a cuatro mil (4.000) salarios mensuales legales, vigentes a la fecha del respectivo corte y los fondos de garantía que se constituyan en el mercado público de valores en los mismos términos y con las mismas facultades previstas en las disposiciones vigentes.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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