Vigencia y derogatorias. El presente decreto rige a partir de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias, en especial el
Parágrafo 2
del artículo 6° del Decreto 4583 de 2006.
Parágrafo 2
Artículo 6 DECRETO 4583 de 2006
Vigencia Y Derogatorias
Decreto 379 de 2007 · por medio del cual se reglamenta parcialmente la Ley 1111 de 2006 y se dictan otras disposiciones.
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Vigencia y derogatorias. El presente decreto rige a partir de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias, en especial el
del artículo 6° del Decreto 4583 de 2006.
Artículo 6 DECRETO 4583 de 2006
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.