Micelio

Artículo 1

Incorpórase Al Patrimonio De La Empresa "puertos De Colombia", El Puerto Fluvial De Leticia En La Intendencia Del Amazonas, El Cual Será Administrado Conforme A Los Estatutos De La Citada Empresa

Decreto 132 de 1967 · Por el cual se incorpora el puerto fluvial de Leticia a la Empresa Puertos de Colombia

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Incorpórase al patrimonio de la Empresa "Puertos de Colombia", el puerto fluvial de Leticia en la Intendencia del Amazonas, el cual será administrado conforme a los estatutos de la citada Empresa.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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