Micelio

Artículo 1

Modifícase El Parágrafo 1º Del Artículo 1º Del Decreto 1751 De 1991, El Cual Quedará Así: "la Presentación De La Declaración De Saneamiento Deberá Efectuarse En El Lapso Comprendido Entre El 1º De Agosto De 1991 Y El 31 De Octubre De 1991, Salvo Que Se Trate De Los Vehículos A Que Se Refiere El Artículo 4º De Este Decreto, En Cuyo Caso El Plazo Para Acogerse Al Saneamiento Será Hasta El 2 De Octubre De 1991"

Decreto 2250 de 1991 · por el cual se modifica el Decreto 1751 de 1991.

1 sentencia lo revisó1 inexequibilidad
01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Modifícase el

Parágrafo 1

del artículo 1º del Decreto 1751 de 1991, el cual quedará así: "La presentación de la declaración de saneamiento deberá efectuarse en el lapso comprendido entre el 1º de agosto de 1991 y el 31 de octubre de 1991, salvo que se trate de los vehículos a que se refiere el artículo 4º de este Decreto, en cuyo caso el plazo para acogerse al saneamiento será hasta el 2 de octubre de 1991".

Parágrafo 1

Artículo 1 DECRETO 1751 de 1991

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

  1. 1992
    C-511/92Constitucionalidad · «Por El Cual Se Modifica El Decreto 1751 De 1991»INEXEQUIBLE
1 pronunciamiento · fuente: parte resolutiva de cada sentencia
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