Micelio

Artículo 15

Corresponde Al Consejo Directivo: 1

Decreto 160 de 1913 · Por el cual se reglamenta la Escuela Nacional de Comercio

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Corresponde al Consejo Directivo

1.

Servir de Cuerpo consultivo en los casos que se presenten al Rector y a los Catedráticos.

2.

Aprobar el Reglamento interno de la Escuela.

3.

Hacer, en el mes de marzo de cada año, el presupuesto de gastos del establecimiento, quedando facultado para hacer los traslados que en el transcurso del año sean necesarios.

4.

Examinar las cuentas que presente el Vicerrector, y remitirlas en el mes de marzo del siguiente año a la Corte de Cuentas, con los respectivos comprobantes. Para comprobar las entradas de matrícula, se remitirá un certificado, firmado por una Comisión examinadora, nombrada ad hoc por el Consejo. El libro de matrícula queda en el establecimiento.

5.

Imponer la pena de expulsión en caso de falta gravísima de un alumno, de acuerdo con el presente Reglamento.

6.

Velar por el buen régimen de la Escuela. secretario

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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