Cuotas de fomento. La importación de mercancías sujetas a cuotas de fomento requieren consignación previa en el Banco de la República, sin perjuicio de los gravámenes de importación correspondientes. El Ministerio de Hacienda y Crédito Público, en conjunto con los Ministerios de Agricultura y Desarrollo Económico determinará, mediante reglamentación especial la forma de utilización de los fondos depositados en el Bánco de la República, provistos por estas cuotas. En la reglamentación deberá quedar establecido que las campañas de fomento financiadas por estos medios serán dedicadas preferentemente a estimular la producción de los productos afectados por las cuotas, pero en todo caso, a la producción nacional de materias primas que en la actualidad se importan al país.
Decreto 895 de 1980 →Vigente
Artículo 14
Cuotas De Fomento
Decreto 895 de 1980 · por el cual se introducen algunas modificaciones en la nomenclatura del Arancel de Aduanas, aprobadas por la Decisión 145 y 146 de la Comisión del Acuerdo de Cartagena, y se dictan otras disposiciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.