Micelio

Artículo 1.2.2.38

Presentación Del Formulario No. 2593 - Recibo Electrónico Del Simple Y Pago Del Anticipo

Resolucion 227 de 2025 · Por la cual se expide la resolución Única en Materia Tributaria, Aduanera y Cambiaria en lo de competencia de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los contribuyentes obligados a presentar el formulario número 2593 "Recibo Electrónico del SIMPLE" deberán hacerlo a través de los servicios informáticos dispuestos por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN).

El pago del anticipo se debe realizar a través del formulario número 490 "Recibo Oficial de Pago Impuestos Nacionales", una vez se realice el diligenciamiento y se presente el formulario número 2593. La presentación del formulario número 2593 quedará formalizada con la realización del pago, cuando resulten valores a cargo.

(Artículo 2o, Resolución 81 de 2024)

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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