Micelio

Artículo 6

º Modificanse Las Notas Adicionales Establecidas Por El Artículo 5º Del Decreto 3025 De 1985 Para Las Posiciones Arancelarias 84

Decreto 1337 de 1986 · Por el cual se introducen algunas modificaciones en el Arancel de Aduanas.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Modificanse las notas adicionales establecidas por el artículo 5º del Decreto 3025 de 1985 para las posiciones arancelarias 84.24.02.01, 84.24.02.11, 84.24.02.21, 84.24.02.99, 84.25.02.01 y 84.25.02.99, cuyo texto quedará así: "Las sembradoras de volteo, utilizadas también como esparcidoras de fertilizantes, así como las máquinas para la siembra y el cultivo hasta de 4 surcos o hileras clasificables por las posiciones 84.24.02.01, 84.24.02.11, 84.24.02.21 y 84.24.02.99, pagarán un gravamen del 10% ad valórem". "Las desgranadoras de maíz manuales a motor, de peso neto hasta 80 kilogramos, rendimiento aproximado de grano limpio hasta 1500 kilogramos/hora, fuerza requerida hasta 1/2 HP., eléctrico o a gasolina, hasta 500 RPM, clasificables en la posición 84.25.02.01, pagarán un gravamen del 10% ad valorem". "Las trilladoras de café clasificables en la posición 84.25.02.99, pagarán un gravamen del 10% ad valórem".

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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