Los programas sociales de vivienda. Los programas sociales de vivienda que organicen las cajas de compensación familiar para sus afiliados, estarán orientados por las siguientes finalidades principales:
Suministrar vivienda o facilitar el acceso a soluciones de vivienda en condiciones de dignidad, salubridad y decoro para los afiliados y sus familias.
Mejorar las soluciones de vivienda en función del ingreso y status de los afiliados y sus familias.
Dotar de lote con los servicios básicos para la construcción de vivienda a los afiliados y sus familias.
Otorgar créditos para la adquisición y mejoramiento de la vivienda de los afiliados y sus familias.
Facilitar la adquisición de materiales, prestar asesorías y capacitación para la construcción o el mejoramiento de la vivienda de los afiliados y sus familias.
Conformar unidades de información y asesoría técnica, en materia de adjudicación, de trámites para la adquisición de vivienda o utilización de materiales y procedimientos para garantizar mayor rendimiento y economía.
(Decreto número 784 de 1989, artículo 27)