Inmediatamente después de terminado el escrutinio en las mesas de votación, las actas y documentos electorales serán entregados por el presidente del jurado, bajo recibo, a quien hubiere sido designado para tal efecto por el Intendente o comisario; de cualquier manera, el acarreo de dichas actas debe cumplirse en lo posible bajo la protección de la fuerza pública.
Artículo 14
Inmediatamente Después De Terminado El Escrutinio En Las Mesas De Votación, Las Actas Y Documentos Electorales Serán Entregados Por El Presidente Del Jurado, Bajo Recibo, A Quien Hubiere Sido Designado Para Tal Efecto Por El Intendente O Comisario; De Cualquier Manera, El Acarreo De Dichas Actas Debe Cumplirse En Lo Posible Bajo La Protección De La Fuerza Pública
Decreto 877 de 1988 · Por el cual se fija la forma de elección de los miembros de las Juntas Administradoras en los Corregimientos Intendenciales y Comisariales.
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.