Micelio

Artículo 13

Está Prohibido A Los Organismos, Entidades, Entes Públicos Y Entes Autónomos Que Utilizan Recursos Públicos, La Impresión, Suministro Y Utilización, Con Cargo A Dichos Recursos, De Tarjetas De Navidad, Tarjetas De Presentación O Tarjetas De Conmemoraciones

Decreto 1737 de 1998 · por el cual se expiden medidas de austeridad y eficiencia y se someten a condiciones especiales la asunción de compromisos por parte de las entidades públicas que manejan recursos del Tesoro Público.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Está prohibido a los organismos, entidades, entes públicos y entes autónomos que utilizan recursos públicos, la impresión, suministro y utilización, con cargo a dichos recursos, de tarjetas de navidad, tarjetas de presentación o tarjetas de conmemoraciones. Se excluyen de esta restricción al Presidente de la República y al Vicepresidente de la República.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1737 de 1998