Micelio

Artículo 60

Llamamiento Servicio Militar

Decreto 2339 de 1971 · Por el cual se dicta el Estatuto de personal civil del Ministerio de Defensa y de la Policía Nacional.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

LLAMAMIENTO SERVICIO MILITAR . Cuando un empleado del Ministerio de Defensa y de la Policía Nacional sea llamado a prestar el servicio militar obligatorio, sus condiciones como empleado en el momento de ser llamado a filas no sufrirán ninguna alteración; quedará exento de todas las obligaciones con dichas entidades y no tendrá derecho a percibir remuneración. Terminado el servicio militar obligatorio, el interesado tiene un (1) mes para reintegrarse a sus funciones, contado a partir de la fecha de desacuartelamiento. Vencido este término y si no se presentare a reasumir sus funciones, o manifestare su voluntad de no reasumirlas se considerará retirado del cargo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2339 de 1971