Micelio

Artículo 23

Circuitos Turísticos Fronterizos

Decreto 3448 de 1983 · Por el cual se establece un estatuto especial para las zonas fronterizas, se otorgan estímulos e incentivos para su desarrollo y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Circuitos Turísticos Fronterizos. a). La Corporación Nacional de Turismo reservará, a partir de 1984, los recursos necesarios para la promoción y para la realización de las obras de construcción y adecuación necesarias en las rutas y circuitos turísticos fronterizos, que ha diseñadoen el Norte de Santander, la Guajira, Nariño, El Trapecio Amazónico y el Urabá Chocoano; b). La Corporación Nacional de Turismo reservará en su presupuesto de 1984 y años siguientes los recursos presupuestales y crediticios necesarios para el desarrollo de los circuitos turísticos de la Orinoquia, Amazonia diseñados por el Departamento Administrativo de Intendencias y Comisarías.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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